ORGANISMOS, INSTITUCIONES Y NORMATIVIDAD PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS

ORGANISMOS, INSTITUCIONES Y NORMATIVIDAD PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS

Los derechos humanos reconocen la dignidad del ser humano, que se distingue de otros seres vivos por razón de su libertad y con independencia de su condición social o migratoria, su género o su ideología política o religiosa.

Los derechos humanos protegen la vida de las personas y las necesidades básicas para su desarrollo integral como la educación, la salud, la ausencia de violencia o la recreación.

Es importante conocer cuáles son estos derechos para exigirlos y ejercerlos libremente. Además, es necesario ser conscientes de que la función principal del Estado y sus instituciones es la de protegerlos. Para cumplir con tales objetivos existen instancias encargadas de vigilar, promover y proteger que todas las personas gocen de ellos.

LOS DERECHOS HUMANOS EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL Y NACIONAL

Si bien cada país es libre de establecer sus reglamentaciones y legislaciones acerca de los derechos humanos, en el ámbito internacional existen orga­nismos que, después de largos análisis y debates, han determinado cuáles son los derechos de los que la gente no puede prescindir y que deben ser garantizados por los Gobiernos. Estos organismos se reúnen regularmente y dialogan con los Estados para la creación de instituciones que, en el ámbito nacional, se encarguen de la protección a los derechos humanos.

La Organización  de las Naciones Unidas (ONU) es el principal organis­ mo  internacional y  fue creada después de la Segunda Guerra Mundial con el objetivo de mantener la paz y servir de intermediaria en las con­ troversias entre países, conocidos como Estados miembros.

El 24  de octubre de 1945  entró  en  vigor la Carta de las Naciones Unidas,  lo  que dio  inicio  a las funciones de la onu,  entre las que está garantizar que las personas gocen  de derechos universales sustentados en su dignidad.

Planteada desde la ONU, la Carta Internacional de Derechos Humanos es el  conjunto  de  documentos  jurídicos  que  fundamentan  la  normatividad internacional sobre derechos humanos. Estos documentos son:

1. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada el 10 de  diciembre  de  1948;  el  primer  documento  normativo  en  estable­cer su reconocimiento y protección universal.

2. El  Pacto  Internacional  de  Derechos Civiles y Políticos, que entró en vigor el 23 de marzo de 1976.

 3. El  Pacto  Internacional  de  Derechos  Económicos,  Sociales  y  Culturales, que comenzó a aplicarse el 3 de enero de 1976.

Cada uno  de los Estados miembros se ha comprometido  a garantizar el ejercicio  y  la promoción  de los derechos humanos mediante la firma de pactos y tratados, así como su ratificación.

La Comisión  Nacional de los Derechos Humanos en  nuestro  país, reconoce que “los derechos humanos son  el conjunto  de prerrogativas inherentes de que goza toda persona.  Se encuentran  establecidos en  la Constitución  Política de los Estados Unidos Mexicanos y  en  los tratados internacionales en  los que el Estado  es parte”(2018).  Algunos de ellos son:

La Constitución  Política de los Estados Unidos Mexi­canos también establece en su artículo I° que todas las personas poseen  derechos humanos.  Por medio  de este artículo,  el Estado  mexicano  se compromete a pro­ moverlos,  garantizarlos y  defenderlos para todas las personas dentro  del territorio,  sin  importar su  origen, edad,  estatus jurídico  o  migratorio.  Por tal razón,  las instituciones oficiales,  las organizaciones no  guberna­mentales y  la sociedad  civil trabajan  conjuntamente para generar las condiciones que posibiliten  a las per­sonas ejercer sus derechos.

A continuación,  se presenta una tabla que mues­tra el trabajo  conjunto  de los organismos,  institu­ciones y  organizaciones no  gubernamentales en  la promoción,  la garantía,  el ejercicio  y  la protección de los derechos humanos

Existen  organismos,  instituciones y  organizaciones especializadas en la promoción y la defensa de derechos humanos en específico. Sin  embargo,  en  nuestro  país hay  un  organismo  que promueve y  defiende los derechos humanos en  general.  Se trata de la Comisión  Nacional de los Derechos Humanos (CNDH),  una insti­tución  autónoma encargada de promover,  defender y  proteger los derechos humanos en México.

Fue creada por decreto presidencial en 1990 y en 1999, adquirió su carác­ ter autónomo.  Entre sus principales funciones están  recibir quejas por presuntas violaciones de derechos humanos por parte de funcionarios públicos o  instituciones estatales,  investigar las denuncias y  elaborar re­comendaciones públicas.

A pesar de ser el máximo  órgano  en  derechos humanos en  el país,  la cndh y las comisiones estatales están limitadas en su actuar en derechos civiles,  sociales o  políticos,  ya que no  tienen  facultades para castigar a quienes violan  los derechos humanos y  tampoco  pueden  forzar a los gobiernos a respetarlos,  porque es función  del Poder Judicial.  La CNDH únicamente emite recomendaciones sobre cómo  tratar cuestiones relati­ vas a los derechos humanos.

En el país  existe un gran aparato institucional enfocado al cumplimiento de los derechos humanos que están establecidos en la Constitución, y cuyo máximo órgano en el país es la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Sin embargo, pese a los esfuerzos, aún no se puede garantizar su ejercicio y por eso es necesario trabajar conjuntamente para construir una sociedad que defienda los derechos y abogue por la cultura de paz.

LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

Niñas, niños  y  adolescentes  (NNA), como cualquier otra persona, son sujetos de derechos; es  por ello que poseen los  mismos  derechos  humanos  univer­sales  que protegen a todas  las  personas. Sin embargo, por ser una población que presenta mayores  desventajas  para ejercerlos, se han establecido dere­chos específicos que garanticen su desarrollo.

En el ámbito internacional, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) se encarga de guiar a los Estados miembros en cuanto al respeto y la pro­ moción de los derechos humanos de nna.

La legislación mexicana, por medio de la Ley Gene­ral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, reconoce veinte derechos que deben  ser respetados, garantizados y  promovidos por los diferentes niveles de gobierno en México. Algunos de ellos son: dere­cho a una familia, a la salud, a la educación, a par­ticipar en la toma de decisiones, a recibir amor, a la recreación, a tener una vivienda y a la alimentación.

En  nuestro  país,  las principales instituciones en­ cargadas de cuidar y  promover los derechos de NNA son  el Sistema Nacional de Protección  Inte­gral de Niñas,  Niños y  Adolescentes (Sipinna),  el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF),  la Secretaría de Educación  Pública y la Secretaría de Salud.

NNA tienen derechos por el simple hecho de ser personas. Estos derechos están diferenciados de los de las personas adultas, ya que, debido a varias condiciones, resulta más  común y  fácil que sean vulnerados. Teniendo esto en consideración se han creado leyes, organismos, instituciones y  organizaciones  que se encargan de vigilar que NNA tengan pleno goce de sus  derechos  humanos. A pesar de la labor de estos  organis­mos, todavía quedan asuntos  pendientes, ya que, desafortunadamente, en México aún existen personas  que son víctimas  de violación de sus derechos humanos.

Los derechos sexuales y reproductivos de adolescentes y jóvenes

En la actualidad, las  personas  jóvenes  enfrentan más  dificultades  que las adultas  para conocer sobre la sexualidad. Algunas  de las  razones  que im­ piden su acceso a la información y  a la salud sexual son la restricción por parte de las  personas  adultas  pues, debido a la desinformación, conside­ ran negativo hablar de sexualidad; la falta de acceso a la información y  a los  servicios  de salud; los  contenidos  que los  medios  de comunicación y las  redes  sociales  difunden, que pueden ser erróneos, estereotipados  o es­ tigmatizantes, y  la vergüenza o el miedo que les  causa el tema debido a la moral religiosa.

La sexualidad  es mucho  más que las prácti­cas sexuales.  Se define como  el conjunto  de procesos biológicos,  psicológicos y  sociocul- turales relacionados con el sexo, el género y la preferencia sexo  genérica,  es decir,  cómo influyen  estos factores en  la manera en  que vivimos nuestra vida.  La sexualidad  está pre­sente en todo momento.

La sexualidad  es un  eje fundamental en  la vida de cualquier ser humano.  Debido  a la desinformación  y  los prejuicios sobre lo  que puede o  no  hacer una persona respecto  a su sexualidad o a su identidad, las y los adoles­centes y jóvenes son personas más susceptibles de ser obstaculizadas para ejercer sus dere­chos sexuales y  reproductivos.  Por esa razón se estableció  la Cartilla de Derechos Sexuales y Reproductivos enfocados en esa población.

Al igual que los derechos humanos universales, los derechos sexuales y re­ productivos de adolescentes y  jóvenes son  inalienables e irrenunciables y  es­ tán  relacionados entre sí.  El derecho  a decidir de forma libre,  autónoma e in­ formada sobre su  cuerpo  y  su  sexuali­ dad sólo se podrá ejercer si se tiene una educación  integral en  sexualidad,  infor­mación  actualizada,  servicios de salud y  un  ambiente libre de discriminación. Es responsabilidad de las instituciones y de la sociedad en general colaborar para que las personas más jóvenes puedan vi­ vir una sexualidad  informada,  autóno­ma y en libertad.

Las y los adolescentes deben actuar con responsabilidad y autonomía en el ejercicio de sus  derechos, incluyendo los  que refieren a la sexualidad. Por eso, para ejercer sus derechos, las y los adolescentes no necesitan la autorización de sus cuidadores. No obstante, es necesario que las institu­ ciones y las personas adultas responsables de adolescentes y jóvenes tam­ bién se informen y actualicen en el tema.

Los  NNA deben recibir de sus  familias  y  de las  autoridades  las  condiciones  de vida ne­cesarias  para que estos  derechos  se cumplan a cabalidad. En caso de que alguna de las partes  no cumpla, existen los  ya mencionados  organismos, instituciones  y  organizacio­nes que enfocan sus esfuerzos en la promoción y la defensa de los derechos humanos.

Estos  derechos  no son observados  únicamente en nuestro país, sino que también cumplen regulaciones  internacionales, pues  se espera que sean aplicados  en la vida de NNA en cualquier parte del mundo.

Al ser conscientes  de los  derechos  humanos  de los  que gozan sólo por ser personas, será más  sencillo defenderlos  y  más  complicado que sean violentados. Con el pleno goce de los  derechos  humanos, el nivel y  la calidad de vida de todas  las  personas  po­ drían mejorar significativamente, pues  se podría encaminar todo esfuerzo al desarrollo físico, social y psicológico íntegro.